Circular DGGDP N° 26/2020
El Director General de Gestión y Desarrollo del Personal del Ministerio de Educación y Ciencias saluda cordialmente a todos los educadores y funcionarios administrativos interesados en iniciar trámites jubilatorios, a los efectos de brindar orientaciones sobre la gestión del referido trámite en el contexto de la Emergencia Sanitaria declarada por el Gobierno Nacional con el objetivo de mitigar la expansión del Coronavirus COVID-19. A este respecto, se comunica cuanto sigue:
1. En cumplimiento del protocolo sanitario, de las medidas de bioseguridad establecidas y de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6562/2020 “De la reducción de la utilización de papel en la Gestión Pública y su reemplazo por formato digital”, el inicio de trámites jubilatorios se realizará “en línea”, con carácter excepcional y transitorio por el tiempo que dure la Emergencia Sanitaria, mediante la implementación del Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios, que permitirá la remisión de las solicitudes de inicio de trámite de jubilación en formato digital (escaneadas) al enlace habilitado para los usuarios desde su cuenta personal del Sistema Integrado para la Gestión del Ministerio de Educación y Ciencias (SIGMEC). Para tal efecto, se establece el procedimiento para la recepción de solicitudes de inicio de trámites en el Anexo de la presente Circular. El Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios estará habilitado por el periodo comprendido entre el 16 de setiembre y el 30 de noviembre del año en curso. El Manual del Usuario del mencionado Módulo, estará publicado en el sitio web www.mec.gov.py/talento.
2. La autenticidad y legalidad de los datos declarados por el solicitante de inicio de trámite jubilatorio en el mencionado Módulo y su registro en los formularios correspondientes, el contenido de los documentos adjuntos en formato PDF y registrados en el Módulo, así como la disposición y guarda de los formularios y los demás requisitos documentales en formato impreso (papel), exigidos para el trámite de jubilación, serán de exclusiva responsabilidad del solicitante.
3. El solicitante deberá conservar las documentaciones en formato impreso, ya que las mismas pueden ser requeridas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda DGJP-MH, para su verificación. Las comunicaciones o notificaciones oficiales a los solicitantes, referidas a la necesidad de presentación de documentaciones en formato impreso, u otras respecto al mencionado trámite, serán realizadas a través de las direcciones de correo electrónico declaradas por los mismos en sus respectivas cuentas del SIGMEC.
4. Las remisiones de las solicitudes de inicio de trámites jubilatorios a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda (DGJP-MH,) así como la emisión de las Resoluciones de Jubilación por parte de dicha dependencia se realizarán conforme a los procedimientos y plazos dispuestos por la referida instancia ministerial en las Resoluciones Generales N° 23/2020, N° 24/2020 y N° 27/2020, así como la Resolución General DGJP-MH N° 26/2020 que establece cuanto sigue:
– La DGJP-MH procesará el ingreso formal en el Sistema Integrado de Mesa de Entrada (SIME) de 100 solicitudes por mes por cada Organismo o Entidad del Estado.
– El plazo para la tramitación de los expedientes presentados por esta vía será ampliado a 60 días hábiles, contados a partir del día siguiente del registro en el SIME.
5. En virtud de las disposiciones citadas en el numeral anterior, esta dependencia ministerial sólo podrá remitir 100 (cien) expedientes correspondientes a solicitudes de inicio de trámites jubilatorios y solicitudes de revisión por mes a la DGJP-MH, conforme al orden de inscripción y confirmación en el MEC, de manera independiente a la cantidad de solicitudes ingresadas por mes, vía Módulo, a esta Dirección General. De igual modo, destaca que la DGJP-MH ha procedido a la ampliación del plazo para la emisión de Resoluciones de Jubilación, de 45 días hábiles a 60 días hábiles.
6. Los Técnicos de la Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal han realizado capacitaciones dirigidas a los Técnicos de las Direcciones Departamentales de Educación, quienes serán responsables de brindar soporte y orientaciones a los interesados en cada Departamento Geográfico y la Capital.
7. Los docentes y personal administrativo, que requieran soporte y orientaciones deberán contactar vía telefónica u otros medios digitales disponibles, a sus respectivas las Direcciones Departamentales de Educación.
8. Los técnicos de las Direcciones Departamentales, que han participado de las capacitaciones realizadas, podrán realizar consultas, exclusivamente respecto al inicio de trámites jubilatorios y al Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios, con los responsables del Departamento de Jubilaciones, través de las líneas telefónicas N° (021) 444807, (021) 449278 y (021) 445144, y al correo electrónico institucional: jubilaciones@mec.gov.py; y con técnicos de la Dirección de Registro de Datos y Sistemas, a través de la línea telefónica N° 021 445447, y al correo electrónico institucional: drds.dggdp@mec.gov.py, en el horario de 08:00 a 15:00 horas.
Direcciones Departamentales de Educación – Teléfonos de línea baja para consultas sobre el Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios para el inicio de trámites:
Concepción | (0331)242-178 | San Pedro | (0342)223-039 |
Cordillera | (0511)242-266 y (0511)242-332 |
Guairá | (0541)42-964 |
Caaguazú | (0521)202-966 y (0521)204-321 |
Caazapá | (0542)232-555 |
Itapúa | (071)202-289 |
Misiones | (0217)212-349 |
Paraguarí | (0531)432-791 |
Alto Paraná | (061)512-737 y (061)504-886 |
Central | (021) 582-180 |
Ñeembucú | (0786)232-979 |
Amambay | (0336)273-263 y (0336)272-602 |
Canindeyú | (048)210-560 |
Presidente Hayes | (0226)263-155 |
Alto Paraguay | (0985)727-884 |
Boquerón | (0491)432-180 |
Capital | (021) 447-034 – Fax (021) 496-118 |
Documentos Anexos
Manual de Usuario -Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios