Circular DGGDP Nº 16/2020
El Director General de Gestión y Desarrollo del Personal y la Directora de la Dirección de Control del Personal, saludan cordialmente a los señores/as Viceministros/as, Secretario General, Directores Generales, Coordinador General, Directores de Nivel, Coordinadores, Jefes de Departamentos y Funcionarios en General, que prestan servicios en dependencias de la Administración Central, a fin de comunicar lo siguiente:
- La actualización y confirmación del Cuadro de Personal correspondiente al periodo Abril/2020 estará habilitado en el SIGMEC desde el 28 de abril al 06 de mayo del corriente, en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nº 11.607 del 29 de julio de 2.014 “Por el cual se aprueba la implementación del Proceso de Actualización de Datos Personales, Formación y Ubicación Laboral de los Recursos Humanos del Sistema Educativo Nacional, a través del Sistema Integrado para la Gestión del Ministerio de Educación y Cultura ( SIGMEC)”.
- Los procesos administrativos impostergables, vinculados a la declaración de Cuadro de Personal, deberán ejecutarse con estricto cumplimiento de los protocolos de higiene y bioseguridad, establecidos por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y el Ministerio de Educación y Ciencias, a fin de evitar la propagación del coronavirus (COVID – 19), siendo responsables del cumplimiento de dichos protocolos, las autoridades intervinientes en los procesos de actualización y confirmación del Cuadro de Personal. No se requerirá la impresión, presentación, ni firma del Cuadro de Personal.
- Los funcionarios o el superior que tienen designado los roles y accesos para la actualización del Cuadro de Personal y que según puesto efectivo siguen en la misma dependencia, estarán habilitados para dicho procedimiento, caso contrario, de requerir algún cambio, se deberá solicitar a la Dirección de Control del Personal, a fin de realizar los ajustes necesarios.
- Deberán declararse en el cuadro de personal al funcionario que realiza trabajos en la modalidad de prestación de servicios en forma externa autorizada por la máxima autoridad de esta Cartera de Estado, en virtud al Decreto Nº 1.148/14. Asimismo, los funcionarios que cuenten con alguna Discapacidad según certificado emitido por la SENADIS u otras enfermedades que posea si correspondiera registrar.
- Los responsables de cada instancia, deben velar por el cumplimiento en tiempo y forma de la presente convocatoria de actualización del Cuadro de Personal, teniendo en cuenta que constituye una declaración jurada cuyos datos son utilizados para distintos procesos institucionales inherentes a la Administración Central. El incumplimiento del mismo y/o declaración falsa referente a los datos será pasible de sanciones previstas en las normativas vigentes, previa instrucción del sumario administrativo correspondiente, independientemente de la responsabilidad penal que pueda surgir.
- Una vez finalizado el proceso de actualización, se deberá comunicar a la Dirección de Control del Personal, con lo que se dará por terminado el proceso para la instancia.