Circular DGGDP N° 3/2023
La Directora General de Gestión y Desarrollo del Personal y la Directora de Bienestar del Personal, saludan cordialmente a todos los educadores profesionales y funcionarios administrativos del Ministerio de Educación y Ciencias, a fin de comunicar la apertura del periodo de recepción de solicitudes de jubilación, como asimismo, establecer lineamientos y brindar orientaciones precisas con relación a trámites jubilatorios del personal docente y administrativo:
- Los educadores profesionales y funcionarios administrativos que, hasta el 31 de diciembre del 2023, hayan cumplido los años de servicios y/o edad requerida para acogerse a los derechos de la jubilación, según modalidad y régimen legal que les corresponda, podrán ingresar sus respectivas solicitudes en el Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios (MGDTJ), a través del Sistema Integrado para la Gestión del Ministerio de Educación y Ciencias (SIGMEC), el cual estará habilitado a partir del día martes 21 de noviembre, hasta el día jueves 30 de noviembre de 2023.
- Para realizar la solicitud del trámite de jubilación, el interesado/a deberá ingresar a su cuenta personal de usuario de SIGMEC: INICIO/TRÁMITES JUBILATORIOS/JUBILACIÓN DEL TRABAJADOR, que enlazará al Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios (MGDTJ), sitio en el cual deberá seguir los pasos conforme a la información contenida en los anexos que forman parte de esta Circular.
- Los trabajadores que hayan iniciado sus trámites jubilatorios en el periodo 2022, a través del Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios del SIGMEC, que a la fecha se encuentran pendientes de finalización, podrán seguir completando sus documentaciones hasta la “CONFIRMACION FINAL” de la solicitud. Respetando el periodo de inicio del trámite y la fecha de culminación en el sistema, el Módulo Digital de Trámites Jubilatorios del SIGMEC, generará un orden de compaginación de los expedientes, para la remisión a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), conforme a los criterios establecidos y los cupos habilitados por mes para el efecto.
A la fecha, se registran solicitudes de jubilación verificadas y en condición de “CONFIRMADO” en el MGDTJ por el Departamento de Jubilaciones del MEC, se encuentran dispuestas para su remisión a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (MEF); para dicho efecto, se considerará el orden de fecha de confirmación del Formulario FL-DGJP- 01 por parte del interesado.
Asimismo, se encuentran pendientes de finalización solicitudes de jubilación, que cuentan con observaciones en el MGDTJ, por falta de documentación, declaración de datos y otros, las cuales, una vez completadas por parte los interesados y verificadas por el Departamento de Jubilaciones del MEC, pasarán a estado “CONFIRMADO”, sumándose a las solicitudes listas para remisión al Ministerio de Economía y Finanzas.
- Los trabajadores que cuenten con la observación de “TRAMITE INHABILITADO” en el MGDTJ, por no haber contado con la antigüedad o años de servicios requeridos en el periodo de inscripción anterior, podrán continuar con sus trámites documentales, para lo cual deberán proceder a “DESCONFIRMAR” sus registros, actualizar la documentación requerida y volver a “CONFIRMAR” su solicitud.
- Por otra parte, se recuerda a los trabajadores que ya cuentan con Resoluciones Particulares de Jubilación, emitidas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, del Ministerio de Economía y Finanzas, registradas en el Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios del SIGMEC, las desvinculaciones serán efectuadas de forma planificada, a fin de garantizar la continuidad del servicio educativo.
- La remisión de las solicitudes de inicio de trámites jubilatorios, así como la emisión de las Resoluciones Particulares de Jubilación y el ingreso de las solicitudes para inclusión en planilla fiscal de pagos de haberes jubilatorios, se rigen conforme a los procedimientos y plazos dispuestos por el Ministerio de Economía y Finanzas en las Resoluciones Generales N° 52/2021, N° 03/2022 y N° 04/2022. Por lo tanto, la cantidad de expedientes para ambos trámites, estará sujeta a los cupos habilitados de forma mensual por dicho Organismo del Estado.
Es importante recordar que, la gestión de los trámites jubilatorios en el Ministerio de Educación y Ciencias es totalmente GRATUITA, así como el seguimiento del estado de las solicitudes iniciadas no requiere de intermediarios, teniendo en cuenta que podrá ser realizada personalmente por cada trabajador ingresando al Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios a través de su cuenta de usuario del SIGMEC, sitio en que estará informado del estado actual de su trámite.
El Módulo de Gestión de Trámites Jubilatorios cuenta con un Manual del Usuario para el trabajador que acompaña la presente Circular. El documento ha sido confeccionado con el objetivo de facilitar la gestión en línea del referido trámite por parte de los usuarios, así como del equipo de trabajo encargado de la gestión del mismo. (Ver Anexo II)
Finalmente, se aclara que toda información relacionada al proceso jubilatorio, será comunicada a través de los medios de comunicación institucional. Asimismo, para consultas relativas a trámite jubilatorio, se encuentran habilitadas la línea telefónica (021) 444-807 y el correo electrónico institucional: jubilaciones@mec.gov.py del Departamento de Jubilaciones del MEC, en el horario de 07:00 a 15:00 horas.
Anexo I – Procedimiento para el inicio del trámite jubilatorio, requisitos y tipos de jubilación.
Anexo II – Manual de Usuario – MGDTJ 2023
Documento adjunto
Anexo I Procedimiento y requisitos >>