Circular DGGDP N° 1/2021
El Director General de Gestión y Desarrollo del Personal y la Directora de Control del Personal, saludan cordialmente a los señores/as Viceministros/as, Secretario General, Directores Generales, Coordinador General, Directores de Nivel, Coordinadores, Jefes de Departamentos y Funcionarios, que prestan servicios en dependencias de la Administración Central, a fin de establecer directivas y lineamientos con relación al registro de la modalidad de prestación de servicios:
- Los responsables del registro de la modalidad de prestación de servicios adoptado por cada dependencia de la Administración Central en el aplicativo del “Tablero Ágil de Procesos del MEC” (TapMEC), tendrán como plazo máximo el último día del mes para realizar el registro pertinente, cumplido este periodo, no podrán realizar ninguna modificación al calendario de trabajo de ese mes.
- En el marco de la trasparencia del proceso y un sistema que permita el efectivo control de la prestación de servicios, aquellas comunicaciones sobre cambios y/o actualización de la nómina del personal en la modalidad de trabajo, realizadas en virtud a las necesidades que requieran un mejor servicio, indefectiblemente deberán estar registradas en el aplicativo En este contexto, es importante aclarar que no serán admitidas dichas comunicaciones a través de memorándums y/o notas.
- Por otra parte, se informa que se encuentra habilitado el Módulo de registro de “Certificados de Vulnerabilidad” en el SIGMEC, a través de MI CUENTA, en el apartado correspondiente a “Registros Personales”, únicamente para el personal con puesto en la Administración Central, según datos del último Cuadro de Personal, a los efectos de comunicar el registro de nuevos casos de Exoneración para funcionarias en estado de gravidez y periodo de lactancia, personas con discapacidad y aquellos con patología de base, cuya modalidad de trabajo, en todo momento estará supeditada a la vigencia de las medidas específicas dispuestas por el Gobierno Nacional.
- El Certificado de Vulnerabilidad deberá ser expedido por un profesional médico de Hospitales públicos y/o privado, éste con la visación correspondiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) y en ambos casos, contar la puntuación según la Tabla de Criterios de Vulnerabilidad del MSPyBS. El registro de exoneración de las personas mayores de edad, según franja etaria dispuesta por el Decreto vigente, se realizará de forma automática de acuerdo a la base de datos del SIGMEC.
- El registro de los Certificados de Vulnerabilidad en el SIGMEC, será condicionante para aprobar la “exoneración”, del personal de este Ministerio para asistir en su lugar de trabajo. Del mismo modo, los certificados de vulnerabilidad que fueron aprobados en tiempo y forma, no serán necesario volver a registrar.
- Las solicitudes de nuevos usuarios para el aplicativo TapMEC, para autoridades en cargo de conducción política, superior y mandos medios incorporados recientemente, deberán realizarla a través del correo institucional: dggdp@mec.gov.py, de la Dirección de Registro de Datos y Sistemas, dependiente de la Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal. De igual manera, se hará la solicitud de inclusión en el TapMEC, de nuevos funcionarios incorporados con trasladados y/o comisionados a la dependencia.
Se recuerda la importancia de declarar en tiempo y forma la modalidad de trabajo en el aplicativo (TapMEC), ya que el registro realizado será el reflejo del reporte de asistencia extraído del SIGMEC y por ende, a partir del mes en curso, se tendrá en cuenta para la aplicación de los descuentos, conforme a las normativas vigentes.