Circular DGGDP N° 09/2021
El Director General Interino de la Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal y la Directora de la Dirección de Control del Personal, saludan cordialmente a los Directores Departamentales de Educación, Supervisores Educativos, Directores, Docentes y Funcionarios Administrativos de Instituciones Educativas, a fin proporcionar directivas y lineamientos referentes al proceso de movilidad laboral del personal que cumple funciones en Instituciones Educativas de gestión oficial y privada subvencionada, para el Ejercicio Fiscal 2022, de conformidad a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 21.729, de fecha 04 de diciembre de 2014 “POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE MOVILIDAD DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DEL EDUCADOR PROFESIONAL, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA” y demás normativas y reglamentaciones concordantes.
En ese contexto, se recuerda que la Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal, a través de la Dirección de Control del Personal, es la instancia administrativa encargada del procesamiento, aplicación y control del cumplimiento de las normativas relacionadas a la movilidad laboral de los trabajadores dependientes de esta Cartera de Estado. Por tanto, las solicitudes de movilidad laboral, prórroga de traslado temporal y actualizaciones de datos, deberán ser realizados ante la Dirección de Control del Personal, conforme al cronograma, requisitos y formalidades descritos en los Anexos que forman parte de la presente, sujeto a los siguientes lineamientos:
- Las Direcciones Departamentales de Educación deberán presentar las solicitudes de movilidad laboral, prórroga de traslado temporal y actualización de datos del personal de las instituciones educativas del país, conforme al Cronograma establecido en el Anexo II de la presente.
- Los documentos requeridos para la movilidad laboral, deberán ser entregados en forma física (impreso), conforme a los lineamientos y requisitos indicados en el Anexo I, acompañado de la Nómina de presentación de solicitudes, conforme al formato del Anexo III de la presente.
- De conformidad a los macroprocesos, procesos y subprocesos de Supervisiones de Apoyo Técnico Pedagógico, relativas a la gestión y desarrollo de personas, establecidos en el Anexo III, de la Resolución Ministerial N° 491/2021 “Por la cual se reorganizan las Supervisiones Educativas del territorio nacional en áreas educativas, para fortalecer el acompañamiento a las instituciones educativas de gestión oficial, privada y privada subvencionada. en todas sus dimensiones”, dicha instancia es la responsable de la firma de los formularios y planillas de movilidad laboral, de prórroga de traslados temporales y de la actualización de datos del personal de Instituciones Educativas.
- No serán procesadas las solicitudes que no cuenten con la documentación requerida en el Anexo I, al igual que las solicitudes que no se ajusten a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. En cualquiera de los casos, se asentarán las correspondientes observaciones, en el Sistema Único de Gestión de Expedientes.
- No serán analizadas las solicitudes presentadas fuera del calendario establecido y que no reúnan los requisitos establecidos. Las presentaciones de solicitudes de movilidad extemporánea, por reasignación de funciones, serán analizadas excepcionalmente, siempre que atiendan a situaciones especiales, en cuyos casos deberán contar con un informe pormenorizado de la Dirección Departamental de Educación, además de los documentos inherentes al proceso de movilidad.
- Las autoridades educativas no podrán extralimitarse en sus funciones procediendo a la reasignación o movilidad del personal por medio de cualquier otra documentación que no sea la Resolución rubricada por la autoridad competente, salvo casos excepcionales contemplados en las disposiciones institucionales vigentes.
- La movilidad del personal de Instituciones Educativas, deberá solicitarse a través de los formularios o planillas establecidas para el efecto (ver Anexo I), los cuales se hallan disponibles en el siguiente link: https://mec.gov.py/talento/cms/descarga/
- Se recuerda que, conforme al Artículo 6° de la Resolución 21.729/2014, se procesará una movilidad por Ejercicio Fiscal, salvo excepciones debidamente justificadas. Asimismo, es imperativo señalar que el Ministerio de Educación y Ciencias tiene la misión de garantizar a todas las personas una educación de calidad como bien público, por tanto, los recursos presupuestados para la educación no deben ser empleados en tareas ajenas a este fin.
Se insta a las autoridades competentes a cumplir los plazos y lineamientos establecidos en la presente.
LINEAMIENTOS
- Los documentos deberán ser presentados por las Direcciones Departamentales de Educación, según Cronograma establecido, conforme a las formalidades previstas en los Anexos.
- Los documentos que se presenten con posterioridad al periodo establecido en el cronograma, dispuesto para cada Departamento Geográfico, deberán ser justificados con una nota aclaratoria dirigida a la Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal, expresando el motivo de la demora.
- Las documentaciones deben ser vigentes, completas, legibles y nítidas, siendo las siguientes:
- Formulario MOV08 para Nuevo Traslado Temporal, Traslado Definitivo.
- Planilla de solicitud de prórroga temporal.
- Solicitud de actualización de datos.
- Fotocopia simple de cédula de identidad.
- Los datos consignados en las solicitudes deben ser exactos, entiéndase que, en caso de no ser debidamente completados, no serán aceptados y en caso de no coincidir, no serán procesados.
REQUISITOS
- PRORROGA DEL TRASLADO TEMPORAL:
- Planilla de Prórroga de Traslado Temporal con las firmas de las autoridades educativas zonales de la institución destino o receptora. Se requieren 2 (dos) planillas por Institución Educativa
- NUEVAS SOLICITUDES DE TRASLADO TEMPORAL:
- Formulario MOV08 (vigente) para Nuevo Traslado Temporal con las firmas de las autoridades educativas zonales, de la Institución de origen y receptora. En caso de cumplir función en aula, declarar los datos del docente que cubrirá la vacancia a ser generada. Se requieren 2 (dos) formularios por trabajador/a.
- En caso de no prestar servicios en la institución o dependencia de origen, se requieren las firmas de las autoridades educativas zonales correspondientes a la dependencia actual.
- 2 (dos) fotocopias simples de cédula de identidad.
- TRASLADOS DEFINITIVOS:
- Formulario MOV08 (vigente) para Traslado Definitivo con las firmas de las autoridades educativas zonales, de la institución origen y de la institución receptora. Se requieren 2 (dos) formularios por trabajador/a.
- 2 (dos) fotocopias simples de cédula de identidad.
- En casos de cierre de Instituciones Educativas o cierre de secciones, se deberá adjuntar la Resolución de cierre emitida por el nivel respectivo.
- ACTUALIZACIÓN DE DATOS (Cambio de turno, corrección de grado/curso, desglose/ englobe de horas cátedras, cambio de sección, corrección de énfasis, cambio de materia).
- Formularios de Actualización de Datos, se requieren 2 (dos) solicitudes por trabajador/a con las firmas de las autoridades educativas zonales, además de la Institución Educativa de Orige2 (dos) fotocopias simples de cédula de identidad.
ANEXO II
Cronograma de recepción de carpetas para solicitudes de movilidad laboral y actualización de datos del personal Instituciones Educativas por Departamento Geográfico.
Departamento | Fecha de recepción |
Ñeembucú | 28 de febrero de 2022 |
Paraguarí | 02 de marzo de 2022 |
Cordillera | 03 de marzo de 2022 |
Concepción | 07 de marzo de 2022 |
Misiones | 08 de marzo de 2022 |
Itapúa | 09 de marzo de 2022 |
Caazapá | 10 de marzo de 2022 |
Guaira | 14 de marzo de 2022 |
Alto Paraná | 15 de marzo de 2022 |
Canindeyú | 16 de marzo de 2022 |
Caaguazú | 17 de marzo de 2022 |
Amambay | 21 de marzo de 2022 |
San Pedro | 22 de marzo de 2022 |
Presidente Hayes
Alto Paraguay Boquerón |
23 y 24 de marzo de 2022 |
Capital | 28 de marzo de 2022 |
Central | 29 de marzo de 2022 |
Documento adjunto
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Solicitud de Prórroga de Traslado Temporal >>
Solicitud de Nuevo Traslado Temporal o Traslado Definivo >>