Circular DCP N° 01/2021
La Dirección de Control del Personal, dependiente de la Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal, saluda cordialmente a los señores/ as Viceministros/ as, Secretario General, Directores Generales, Coordinador General, Directores de Nivel, Coordinadores, Jefes de Departamentos y Funcionarios en General, que prestan servicios en dependencias de la Administración Central, e informar que a partir de la marcación de asistencia correspondiente al mes de Febrero/2021, se aplicarán las multas administrativas por llegadas tardías, salidas antes de hora y ausencias injustificadas, conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 2.479/16.
Se recuerda la importancia de actualizar en tiempo y forma, la modalidad de trabajo adoptado por cada dependencia en el aplicativo TapMEC (Circular DGGDP N° 35/2020), a fin de no sufrir descuentos indebidos por falta de actualización.
Asimismo, la Ley 1.626/00 de la Función Pública establece en su Artículo 57° Las Obligaciones del funcionario público: a-) Realizar personalmente el trabajo a su cargo; b-) Cumplir la jornada de trabajo que establece la Ley; c-) Asistir puntualmente al trabajo.