Circular DGGDP N° 35/2020
La Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal y la Dirección de Control del Personal, saludan cordialmente a los señores/as Viceministros/as, Secretario General, Directores Generales, Coordinador General, Directores de Nivel, Coordinadores, Jefes de Departamentos y Funcionarios en General, que prestan servicios en dependencias de la Administración Central, en el marco de la Resolución DGGDP N° 14 de fecha 26/11/2020, con el objeto de comunicar que a partir del día viernes 04/12/2020 los responsables de cada área podrán realizar la actualización de su nómina de personal con su respectiva modalidad de prestación de servicios (presencial, cuadrilla o teletrabajo) a través del aplicativo TapMEC, con las siguientes variantes a tener en cuenta:
- A los funcionarios que asisten en forma diaria a sus lugares de trabajo, deberán ser registrados en la modalidad denominada «Presencial».
- A los funcionarios que asisten en forma rotativa y alternada, deberán ser registrados dentro del grupo «Cuadrilla», debiendo indicarse en el aplicativo los días que asisten en forma presencial a las oficinas, y los días de permanencia en su domicilio o el lugar declarado por el funcionario.
- A los funcionarios autorizados para cumplir funciones exclusivamente desde su domicilio declarado para el efecto, conforme a la nómina aprobada por la Resolución 577 de fecha 3/7/2020, deberán incluirse dentro del grupo denominado «Teletrabajo».
- Los funcionarios mencionados en los Puntos 1 y 2, deberán registrar su asistencia a través de los relojes biométricos de reconocimiento facial habilitados en sus respectivas dependencias, los días que asisten a sus lugares de trabajo, conforme a las disposiciones de la Resolución DGGDP N° 1412020 y la Circular DCP N° 1/2020. Se mantiene la tolerancia establecida en la Resolución N° 2479/2016, para el registro de entrada.
- A los funcionarios que pertenezcan a los grupos de riesgo por alguna de las causales dispuestas en el Numeral 6 de la Resolución DGGDP N° 14 de fecha 26/11/2020, se les deberá incluir dentro del grupo denominado «Exonerados». En estos casos, el funcionario afectado deberá adjuntar la documentación justificante a través de su cuenta de usuario personal de SIGMEC, según el caso:
- Funcionarios con enfermedad preexistente, en estado de gravidez y/o en periodo de lactancia, deberán registrar el correspondiente certificado de vulnerabilidad en el SIGMEC, de conformidad a lo establecido en el Punto 6.1 de la Resolución DGGP N° 14/2020, de la siguiente manera: Ingresar a su cuenta de usuario personal del SIGMEC (Mi cuenta), y en el apartado correspondiente a REGISTROS PERSONALES => Datos Personales => 8. Constancias Médicas, registrar su Constancia, seleccionando como «Tipo» la opción «Constancia de Vulnerabilidad’. Asimismo, deberán hacer constar la fecha de expedición del documento, y adjuntarlo en formato PDF a través de la pestaña «Adjuntar Imagen». De esta manera, su documento quedará registrado en el SIGMEC.
- Funcionarios con discapacidad, debidamente certificada por la SENADIS, deberán adjuntar la constancia de discapacidad VIGENTE, realizando el mismo procedimiento que en el ítem anterior: SIGMEC (Mi cuenta), y en el apartado correspondiente a REGISTROS PERSONALES => Datos Personales => 7. Discapacidad. «Tipo de discapacidad» la opción que corresponda.
- Funcionarios mayores a 65 años de edad, son considerados vulnerables, quedando exonerados de asistir a las oficinas sin necesidad de presentar ningún documento.
- Funcionarios que cuenten con menores bajo su cuidado, como consecuencia de la suspensión de la actividad escolar. Actualmente no están considerados dentro del grupo de exonerados, durante el periodo vacacional según el calendario escolar del presente año lectivo.
- La documentación anexada por los funcionarios estará disponible en el aplicativo TapMEC para su revisión y verificación por parte del superior inmediato y de la Dirección de Control del Personal.
- La actualización de la modalidad de prestación de servicios en dependencias de la Administración Central deberá realizarse de forma mensual, en el mismo aplicativo TapMEC. Dicha actualización deberá realizarse obligatoriamente durante los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes. No se admitirán prórrogas, ni podrán realizarse prórrogas o actualizaciones en forma posterior a dicho plazo, por razones de cierre del sistema.