Circular DGDH N° 01/2022
La Dirección General de Derechos Humanos del Viceministerio de Culto se dirige a los Viceministros, Directores Generales/Coordinadores Generales, Directores de Nivel, Jefes de Departamentos, funcionarios y usuarios en general, a fin de recordar la vigencia de la Ley N° 5777/2016 «DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS MUJERES CONTRA TODA FORMA DE VIOLENCIA», cuya finalidad es promover y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de toda forma de violencia, ya sea en el ámbito familiar, de la salud, la educación, el trabajo, entre otros.
De acuerdo a esta ley (Artículo 6, inciso g), en el ámbito del trabajo la violencia se materializa en el maltrato o la discriminación hacia la mujer, ejercida por superiores o compañeros de igual o inferior jerarquía a través de acciones como las descalificaciones humillantes, amenazas de destitución o despido injustificado, el despido durante el embarazo, la imposición de tareas ajenas a sus funciones, servicios laborales fuera de horarios no pactados, la negación injustificada de permisos o licencias por enfermedad, maternidad o vacaciones, entre otras acciones señaladas en la ley de referencia.
Es así que, la presencia de la violencia en el trabajo, conlleva una vulneración de los derechos de los trabajadores del sector público o privado, que afecta a su dignidad, salud, desempeño y rendimiento laboral, y, por ende, afecta a la institución en la que presta servicios.
Que, en observancia a la Ley N° 5777/2016, el Ministerio de Educación y Ciencias implementa medidas de prevención y detección de la violencia en el ámbito educativo, e integra junto con otros organismos del Estado la Mesa Interinstitucional de Prevención de la Violencia contra la Mujer, el cual es un espacio coordinado por el Ministerio de la Mujer para asesorar y formular recomendaciones de estrategias y acciones adecuadas para enfrentar la violencia.
En el marco de lo expuesto, se insta a adoptar las medidas necesarias para la prevención de este tipo de violencia y la atención correspondiente en caso de presentarse esta situación, conforme a las leyes, convenios y tratados internacionales que forman parte del ordenamiento jurídico de nuestro país. Asimismo, a promover y practicar conductas acordes a los principios y valores establecidos por el Ministerio de Educación y Ciencias para el ejercicio de la función pública en el ámbito de la ducación.