Circular DGGDP N° 03/2023
El Director General de Gestión y Desarrollo del Personal y la Directora de Control de Personal, saludan cordialmente a las señoras Viceministras, Directores Generales, Secretario General, Coordinador General, Directores de Nivel, Coordinadores, Jefes de Departamentos y Funcionarios que prestan servicios en dependencias de la Administración Central de este Ministerio, a fin de comunicar los lineamientos y orientaciones precisas en relación a la actualización y confirmación del Cuadro de Personal del periodo ABRIL 2023, a través del SIGMEC:
- Los procesos de actualización y confirmación de datos en el Cuadro de Personal, del periodo abril 2023, estarán habilitados en el SIGMEC, desde el 31 de marzo al 19 de abril del año en curso, en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nº 11.607/2014.
- Los funcionarios o el superior inmediato, asignados con los roles de acceso para la actualización del Cuadro de Personal y que, según puesto efectivo, siguen en la misma dependencia, estarán habilitados para dicho procedimiento; caso contrario, de requerir algún cambio, se deberá solicitar a la Dirección de Control del Personal, vía correo electrónico institucional: dcp@mec.gov.py
- Todos los cargos confirmados: directivos, técnicos, administrativos y de servicios, se ajustarán a lo dispuesto en las normativas vigentes. Asimismo, estará habilitado un ICONO en el SIGMEC (cuadro de personal), opción por la cual se deberá declarar al personal administrativo que presta servicios en la modalidad especial de trabajo en relación de dependencia (teletrabajo) o modalidad de prestación de servicios de forma externa, autorizados por la máxima autoridad institucional, en el marco la Ley N° 6738/2021 y Decreto Nº 1148/2014 respectivamente.
- Aquellos funcionarios que posean alguna discapacidad acreditado con Certificado emitido por la SENADIS, primeramente deberán adjuntar el documento en formato PDF en su cuenta personal del SIGMEC, en el apartado: MI CUENTA/REGISTRO PERSONALES => DATOS PERSONALES/Pestaña del ítem 7.DISCAPACIDAD. Por su parte, el funcionario o superior inmediato, siguiendo con el proceso de actualización, deberá registrar en el ICONO habilitado en el SIGMEC (cuadro de personal) conforme al listado que aparecerá en la pantalla (Ley 5136/2013, Art. 3°, párrafos a, b y c), e igualmente deberán identificar y registrar al funcionario/a originario de Comunidad Indígena y en su caso, seleccionar la etnia correspondiente.
- Es importante recordar que, los responsables de cada instancia, deben velar por el cumplimiento en tiempo y forma, de la convocatoria de actualización de datos de Cuadro de Personal, estos constituyen una declaración jurada de los recursos humanos con que cuenta cada dependencia y de las funciones desempeñadas por cada uno de sus funcionarios.
Debido a inconsistencias y falencias detectadas en declaraciones anteriores y verificadas por la Dirección de Control del Personal, se recuerda que la declaración falsa de los datos en el Cuadro de Personal y/o el incumplimiento de su actualización, serán pasibles de sanciones previstas en las normativas vigentes, previa instrucción del sumario administrativo pertinente, e independientemente de la responsabilidad penal que eventualmente pudiera sobrevenir.
La Dirección de Control del Personal brindará soporte técnico para los casos que no puedan ser confirmados, así como las inconsistencias detectadas durante la actualización del Cuadro de Personal, debiendo ser comunicadas al correo electrónico institucional supra citado.