Circular DGGDP Nº 1/2021
El Director General de Gestión y Desarrollo del Personal del Ministerio de Educación y Ciencias saluda cordialmente a todos los educadores profesionales y funcionarios administrativos interesados en iniciar trámites jubilatorios, a los efectos de brindar orientaciones sobre la gestión del referido trámite en el contexto de la Emergencia Sanitaria declarada por el Gobierno Nacional, con el objetivo de mitigar la expansión del Coronavirus COVID-19. A este respecto, se comunica cuanto sigue:
- En cumplimiento del protocolo sanitario, las medidas de bioseguridad establecidas y de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6562/2020 “De la reducción de la utilización de papel en la Gestión Pública y su reemplazo por formato digital”, el inicio de trámites jubilatorios se realizará “en línea”, a partir del día 08 al 22 de septiembre del año en curso, mediante la continuidad en la implementación del Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios, que permitirá la remisión de las solicitudes de inicio de trámite de jubilación en formato digital (escaneadas) desde la cuenta personal del Sistema Integrado para la Gestión del Ministerio de Educación y Ciencias (SIGMEC) al enlace habilitado para los usuarios. Para tal efecto, se dispone el procedimiento a seguir, así como el Manual del Usuario del Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios, que forman parte de los Anexos de la presente Circular.
- La autenticidad y legalidad de los datos declarados por el solicitante de inicio de trámite jubilatorio en el mencionado Módulo y su registro en los formularios correspondientes, el contenido de los documentos adjuntos en formato PDF y registrados en el Módulo, así como la disposición y guarda de los formularios y los demás requisitos documentales en formato impreso (papel), exigidos para el trámite de jubilación, serán de exclusiva responsabilidad del
- El solicitante deberá conservar las documentaciones en formato impreso, ya que las mismas pueden ser requeridas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda (DGJP-MH), para su verificación. Las comunicaciones o notificaciones oficiales a los solicitantes, referidas a la necesidad de presentación de éstas documentaciones en formato impreso, serán realizadas a través de las direcciones de correo electrónico declaradas por los mismos en sus respectivas cuentas del SIGMEC.
- Las remisiones de las solicitudes de inicio de trámites jubilatorios a la DGJP-MH, así como la emisión de las Resoluciones de Jubilación por parte de dicha dependencia se realizarán conforme a los procedimientos y plazos dispuestos por la referida instancia ministerial en las Resoluciones Generales DGJP-MH N° 26/2020 y DGJP-MH N° 52/2021, así como la GUÍA DE REQUISITOS PARA JUBILACIÓN, HABER DE RETIRO E INCLUSIÓN EN PLANILLA FISCAL DE PAGOS TB DGJP 04 VERSIÓN 01 en las que se establece cuanto sigue:
- Resolución General DGJP-MH N° 26/2020: El plazo para la tramitación de los expedientes presentados por esta vía será ampliado de 45 días hábiles a 60 días hábiles, contados a partir del día siguiente del registro en el Sistema Integrado de Mesa de Entrada (SIME) del Ministerio de Hacienda.
- Resolución General DGJP-MH N° 52/2021: La DGJP-MH procesará el ingreso formal en el SIME, a través de la plataforma JUBIFÁCIL; de 10 solicitudes por día, habilitadas para cada Organismo o Entidad del Estado (Incluye solicitudes de resolución de jubilación y solicitudes de inclusión en planilla fiscal de pagos del MH).
- En virtud de las disposiciones citadas en el numeral anterior, esta dependencia ministerial sólo podrá remitir 10 (diez) expedientes, por día, correspondientes a solicitudes de inicio de trámites jubilatorios y/o solicitudes de revisión a la DGJP-MH. En cuanto a las solicitudes de inicio de trámites jubilatorios, se aclara que serán remitidas según el orden de aprobación y confirmación final realizada por el Departamento de Jubilaciones del MEC, vía Módulo.
- Los solicitantes deberán realizar el seguimiento del estado de sus respectivas solicitudes de inicio de trámite jubilatorio a través de consulta en el Módulo, en la página de inicio, en la columna “Estados/Ver”. En caso de requerir apoyo adicional, excepcionalmente, podrán contactar vía telefónica y/o medios digitales disponibles con técnicos designados por las Direcciones Departamentales de Educación de cada Departamento Geográfico y la Capital, quienes participarán de capacitaciones realizadas por la Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal y contarán con roles de consulta a los efectos de brindar soporte y orientaciones a los interesados.
- Los técnicos de las Direcciones Departamentales, participantes en las capacitaciones, podrán realizar consultas, respecto al inicio de trámites jubilatorios y al Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios, a los responsables del Departamento de Jubilaciones del MEC, a través de la línea telefónica N° (021) 444-807 y al correo electrónico institucional jubilaciones@mec.gov.py; en el horario excepcional de 08:00 a 16:00 horas, sujeto a modificación, según disposiciones contenidas en los Decretos emitidos en el marco de la Emergencia Sanitaria.
Documento Adjunto
Direcciones Departamentales de Educación (Teléfonos) >>
Anexo I – Procedimiento para el inicio de Trámites Jubilatorios >>
Anexo II – Manual_de_Usuario_Módulo Jubilaciones_2021 >>